¿DEBO PAGAR IMPUESTOS SI VENDO MI AUTOMÓVIL?
En el caso de que seas Persona Física y NO te dediques a la compraventa de vehículos automóviles y te dispongas a vender el tuyo, debes saber que si entre el precio de compra (el que aparece en la factura que debe estar a tu nombre) y el precio que recibes por la venta del mismo, no reporte un excedente (ganancia) de más de 3 salarios mínimos generales elevados al año se considerara un ingreso exento, por el cual no deberás pagar ISR ni IVA.
Les comparto una calculadora de ISR realizada por el Lic, Rodrigo.
Autor: RODRIGO GALVAN ORTEGA
Excelente información
ResponderBorrarHola Ivan, que bueno que te haya servido
BorrarSUEPER! SALUDOS
ResponderBorrarHola MARKO, gracias por tu visita
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